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Lynarys Contadores

Servicio

Asesoría tributaria para empresas en Chillán y Ñuble

Planificación, defensa en fiscalizaciones del SII y reorganización de empresas, con criterio técnico y sin promesas de pagar cero impuestos.

Pagar menos impuesto no es el objetivo. El objetivo es pagar lo que corresponde, ni un peso más, con una estructura que resista una fiscalización. Esa diferencia es la que separa a una asesoría tributaria seria de una promesa que termina en multas.

En Lynarys Contadores asesoramos a empresas de Chillán y la Región de Ñuble en tres frentes: planificación anual, atención de fiscalizaciones del SII y reorganización de sociedades. Numarys Linares, contadora auditora, revisa cada caso con la ley en la mano y con la experiencia de haber trabajado con empresas grandes, donde cada decisión tributaria se mide en cifras de seis o siete dígitos.

Qué incluye

  • Diagnóstico tributario inicial: revisión de régimen, carpeta tributaria, declaraciones de los últimos tres años y contingencias abiertas con el SII.
  • Simulación de carga tributaria por régimen: 14 D N°3 (Pro Pyme general), 14 D N°8 (Pro Pyme transparente) y 14 A (régimen general semi integrado), con proyección a tres años.
  • Planificación de retiros y sueldo empresarial de los socios para optimizar el impuesto global complementario.
  • Revisión de gastos aceptados y rechazados conforme al artículo 31 de la Ley de la Renta.
  • Estrategia de PPM: tasa, suspensión por pérdidas y uso de créditos.
  • Análisis de IVA: proporcionalidad del crédito fiscal, devolución anticipada por activo fijo (artículo 27 bis), exenciones de servicios y exportación.
  • Atención de fiscalizaciones: requerimientos de información, citaciones del artículo 63 del Código Tributario, liquidaciones y giros.
  • Preparación de respuestas y descargos con respaldo documental, y acompañamiento en la Dirección Regional del SII en Chillán.
  • Solicitudes de condonación de multas e intereses ante el SII y la Tesorería, y convenios de pago.
  • Reorganizaciones: conversión de empresa individual en sociedad, transformación, fusión, división y aporte de activos, con análisis de la facultad de tasación del artículo 64.
  • Planificación de la venta de la empresa o de los derechos sociales: mayor valor, costo tributario y tributación del vendedor.
  • Término de giro con cálculo del impuesto final y cierre ordenado.
  • Informes escritos con conclusiones, riesgos y pasos a seguir, para que la decisión quede documentada.

Para quién es

Emprendedores que están creciendo. Pasaste de facturar 30 millones a 150 millones al año y el régimen que elegiste al inicio ya no es el mejor. O vas a incorporar un socio y no sabes si conviene aumentar capital o vender derechos. Una reunión a tiempo evita pagar impuestos que no correspondían.

Pymes con contingencias. Una empresa de transporte de Chillán con observaciones en la Operación Renta por renta presunta y ventas que superan el límite. Una clínica dental que recibió un requerimiento por boletas de honorarios de los profesionales. Una constructora con IVA crédito acumulado por obras largas. Son casos frecuentes en Ñuble y tienen solución si se atienden en plazo.

Empresas medianas y grandes. Un packing de arándanos con exportación, devoluciones de IVA exportador y precios con empresas relacionadas. Un colegio que quiere separar la sostenedora de la inmobiliaria. Un grupo familiar con tres sociedades que necesita una holding. Aquí la asesoría se combina con outsourcing contable y con reportes para el directorio.

Cómo trabajamos

  1. Reunión de levantamiento. Nos cuentas el problema o la decisión que quieres tomar. Revisamos la carpeta tributaria y las declaraciones anteriores. Si hay una fiscalización en curso, pedimos la notificación y el expediente completo.
  2. Análisis y propuesta. En un plazo de 5 a 10 días hábiles te entregamos un informe con las alternativas, su impacto en pesos, los riesgos y nuestra recomendación. Para fiscalizaciones, el informe incluye la estrategia de respuesta y la documentación que falta.
  3. Ejecución. Redactamos la respuesta al SII, presentamos las rectificatorias, gestionamos la reorganización con el abogado o cambiamos el régimen en el plazo legal. Tú apruebas cada paso.
  4. Seguimiento. Dejamos un calendario con las fechas que importan: respuesta a citación, vencimiento del plazo de prescripción, cambio de régimen, próxima Operación Renta. Si eres cliente de contabilidad mensual, la planificación se incorpora al cierre de cada mes.

Qué necesitas tener a mano

  • Carpeta tributaria electrónica completa, con régimen y características.
  • Declaraciones de renta (F22) y declaraciones juradas de los últimos tres años.
  • Balances y estados de resultados de los últimos tres ejercicios.
  • Escritura de constitución, modificaciones y estatutos vigentes.
  • Notificaciones, requerimientos o citaciones del SII, con fecha de notificación.
  • Registro de rentas empresariales (RAI, DDAN, REX, SAC) si estás en el 14 D N°3 o en el 14 A.
  • Detalle de retiros, dividendos y préstamos a socios de los últimos años.
  • Contratos relevantes: compraventa de activos, arriendos con relacionados, financiamiento.

Plazos y fechas que controlamos

Obligación o hito Plazo Observación
Respuesta a citación (art. 63 Código Tributario) 1 mes desde la notificación Prorrogable hasta por 1 mes más a solicitud del contribuyente
Respuesta a requerimiento de información (art. 59) Según notificación El SII tiene 9 meses para citar, liquidar o girar desde la certificación de antecedentes
Reclamo ante el Tribunal Tributario y Aduanero 90 días hábiles desde la notificación de la liquidación o giro Se coordina con abogado tributario
Reposición administrativa voluntaria (RAV) 30 días hábiles Alternativa previa al reclamo judicial
Cambio de régimen tributario 1 de enero al 30 de abril Rige para el mismo año comercial
Prescripción ordinaria 3 años 6 años si no se presentó declaración o fue maliciosamente falsa
Declaraciones juradas Marzo DJ 1879, 1887, 1947, 1948 y otras según régimen
F22 (Operación Renta) Abril Plazo general hasta el 30 de abril
Término de giro 2 meses desde el cese de actividades Con balance de término y F22 final
Solicitud de devolución IVA exportador Mes siguiente al embarque Según plazo del DS 348

Errores frecuentes que vemos en Chillán

Elegir régimen por costumbre. Muchas empresas de Ñuble están en el régimen que recomendó el contador en 2020 y nunca lo revisaron. Una pyme que reinvierte y está en el transparente paga más de lo necesario. Una que retira todo y está en el general acumula registros que nadie usa.

Responder una citación con lo primero que se encuentra. El SII cita por diferencias concretas. Responder con un texto general y sin documentos lleva a una liquidación. La respuesta debe atacar cada partida con la factura, el contrato o el comprobante que la respalda.

Préstamos a socios sin documentar. Los retiros encubiertos como préstamos son uno de los focos de la Ley 21.713. Sin contrato, plazo e interés, el SII los trata como retiro y los grava con global complementario y multa.

Arriendos con empresas relacionadas a valores fuera de mercado. Una sociedad inmobiliaria familiar que arrienda un galpón al packing por un valor muy bajo o muy alto. El SII tasa y ajusta la base en ambas empresas.

Perder la renta presunta sin darse cuenta. Empresas de transporte y agrícolas que superan el límite de ventas (5.000 UF transporte, 9.000 UF agrícola) y siguen declarando presunta. La corrección retroactiva es cara.

Precio

La consulta puntual con informe escrito parte desde PENDIENTE + IVA. La planificación tributaria anual, la atención de una fiscalización y las reorganizaciones se cotizan por proyecto, con presupuesto cerrado y etapas definidas.

Influyen en el precio el número de sociedades involucradas, los años bajo revisión, la cantidad de partidas observadas y si se requiere coordinación con abogados. No hay permanencia: pagas por el trabajo acordado. Consulta los planes para ver qué asesoría está incluida en cada nivel de contabilidad mensual.

Agenda una reunión

Si tienes una notificación del SII, un cambio societario en vista o simplemente la sensación de que estás pagando más de lo que corresponde, escríbenos por WhatsApp o deja tus datos en contacto. La primera conversación de 20 minutos es sin costo y sirve para definir si necesitas una consulta puntual o un trabajo mayor. En el blog encontrarás guías sobre regímenes Pro Pyme, gastos rechazados y Ley 21.713, y en calculadoras puedes estimar tu global complementario antes de la reunión.

Preguntas frecuentes

Sobre asesoría tributaria en Chillán y Ñuble.

¿Cuánto cuesta una asesoría tributaria?

La consulta puntual (una reunión de una hora más informe escrito) parte desde PENDIENTE + IVA. Una planificación anual o la defensa en una fiscalización se cotizan según el alcance. Siempre entregamos un presupuesto cerrado antes de empezar.

¿Me pueden ayudar si ya recibí una citación del SII?

Sí. Revisamos la citación, el plazo de respuesta (un mes, prorrogable por una vez) y la documentación que respalda tu posición. Redactamos la respuesta y te acompañamos a la Dirección Regional de Chillán si hay comparecencia.

¿Qué régimen conviene en 2026, 14 D N°3 o 14 D N°8?

No hay una respuesta única. El régimen transparente (14 D N°8) funciona bien cuando los dueños retiran todo y su tasa de global complementario es baja. El régimen general Pro Pyme (14 D N°3) conviene cuando reinviertes utilidades y aprovechas la tasa rebajada de primera categoría. Lo simulamos con tus números reales.

¿Hacen planificación tributaria agresiva?

No. La Ley 21.713 reforzó la norma general antielusión y amplió las facultades del SII. Trabajamos con planificación legítima: elección de régimen, gastos correctamente documentados, estructura societaria con razón de negocios y uso de beneficios vigentes.

¿Qué pasa si el SII me rechaza gastos?

Dependiendo del régimen, el gasto rechazado paga impuesto único del 40% o se agrega a la base del global complementario del socio. Antes de aceptar la liquidación revisamos si el gasto cumple con los requisitos del artículo 31 de la Ley de la Renta y preparamos los descargos.

¿Puedo pedir una consulta sin ser cliente de contabilidad?

Sí. Muchas empresas de Ñuble mantienen su contador y nos consultan para temas específicos: reorganización, venta de la empresa, fiscalización o cambio de régimen.

¿Trabajan con abogados tributarios?

Sí. Para reclamaciones ante el Tribunal Tributario y Aduanero y para reorganizaciones complejas coordinamos con abogados especialistas. Nosotros preparamos el sustento contable y financiero.

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