Declaración de IVA F29 paso a paso: guía 2026 sin errores
Cómo hacer la declaración de IVA F29 en el SII: plazos del 12 y 20, propuesta, códigos clave, PPM, declaración sin movimiento y errores con multa.
El Formulario 29 es la declaración mensual que concentra el IVA, los pagos provisionales mensuales (PPM) y las retenciones de tu empresa. Se presenta hasta el día 12 del mes siguiente, o hasta el 20 si eres facturador electrónico y declaras por internet. Esta guía explica cómo armarlo paso a paso, qué revisar en la propuesta del SII y cuáles son los errores que más cuestan en multas y en tiempo.
Qué es el F29 y quién debe presentarlo
El F29 es la “Declaración mensual y pago simultáneo de impuestos”. Lo presenta todo contribuyente con inicio de actividades afecto a IVA, además de quienes retienen impuestos o pagan PPM aunque estén exentos de IVA. En la práctica: casi toda empresa, EIRL, SpA o persona natural con giro comercial.
En un solo formulario se declara:
- El IVA débito fiscal (el 19% que cobraste en tus ventas).
- El IVA crédito fiscal (el 19% que pagaste en compras relacionadas con el giro).
- El PPM, un anticipo mensual del impuesto a la renta que se calcula sobre los ingresos brutos.
- Las retenciones: impuesto único de los trabajadores, retención de boletas de honorarios (15,25% en 2026, 16% en 2027) y retenciones por cambio de sujeto del IVA.
Se declara por mes vencido. Las ventas y compras de septiembre se declaran en el F29 de octubre.
Plazos: el 12 o el 20
| Situación | Plazo |
|---|---|
| Declaras por internet y eres facturador electrónico | Día 20 del mes siguiente |
| Declaras por internet pero no eres facturador electrónico | Día 12 del mes siguiente |
| Declaras en papel en banco (solo casos excepcionales) | Día 12 del mes siguiente |
| El plazo cae en sábado, domingo o feriado | Pasa al día hábil siguiente |
La mayoría de las empresas en Chillán y en el resto del país ya emiten factura electrónica, así que su plazo real es el 20. Pero cuidado: si solo emites boletas electrónicas y no facturas, el SII te considera en el plazo del 12. Revisa tu situación en Mi SII antes de asumir el 20.
Paso a paso para declarar el F29
1. Cierra el período en el Registro de Compras y Ventas (RCV)
Antes de abrir el formulario, entra al RCV en sii.cl. Ahí están todas las facturas electrónicas emitidas y recibidas en el mes. Revisa dos cosas:
- Que las facturas de compra estén aceptadas o con acuse de recibo dentro de los 8 días corridos desde su recepción. Una factura reclamada o fuera de plazo no da derecho a crédito fiscal en ese mes.
- Que no falten documentos: notas de crédito emitidas, facturas de compra con cambio de sujeto, boletas de ventas (si usas boleta electrónica, el resumen se carga automáticamente, pero revisa que el total coincida con tu sistema de caja).
2. Ingresa a “Declaración mensual F29” y revisa la propuesta
En Servicios online, Impuestos mensuales, Declaración mensual (F29), el SII muestra una propuesta armada con el RCV. Es útil, pero no es la verdad completa. Compara contra tu contabilidad al menos estos códigos:
| Código | Qué contiene | Qué revisar |
|---|---|---|
| 538 | Total débitos (IVA de ventas) | Que incluya boletas, facturas y notas de débito, menos notas de crédito |
| 537 | Total créditos (IVA de compras) | Que no incluya facturas de gastos no relacionados con el giro ni autos particulares |
| 504 | Remanente de crédito del mes anterior | Que coincida con el código 77 del F29 anterior, reajustado en UTM |
| 77 | Remanente para el mes siguiente | Se calcula solo; verifica que el arrastre tenga sentido |
| 89 | IVA determinado | Débito menos crédito |
| 563 / 115 / 62 | Base, tasa y monto del PPM | Que la base sean los ingresos netos y la tasa sea la correcta para tu régimen |
| 151 | Retención de honorarios | Que sume todas las boletas recibidas en el mes a la tasa vigente |
| 48 | Impuesto único de trabajadores | Que coincida con las liquidaciones de sueldo |
3. Calcula bien el PPM
El PPM es el error silencioso del F29: se paga de más o de menos durante meses y nadie lo nota hasta la Operación Renta. Las tasas vigentes para 2026:
| Régimen | Tasa PPM 2026 |
|---|---|
| Pro Pyme General (14 D N°3), ingresos del año anterior hasta 50.000 UF | 0,125% (rebaja transitoria 2025-2027, Ley 21.755) |
| Pro Pyme General (14 D N°3), ingresos sobre 50.000 UF | 0,25% |
| Pro Pyme Transparente (14 D N°8), ingresos hasta 50.000 UF | 0,2% |
| Pro Pyme Transparente (14 D N°8), ingresos sobre 50.000 UF | 0,5% |
| Régimen general (14 A) | Tasa variable según el impuesto del año anterior; 1% el primer año |
La base del PPM son los ingresos brutos del giro, sin IVA. Si el año anterior cerraste con pérdida tributaria, puedes suspender el PPM del trimestre siguiente (artículo 90 de la Ley de la Renta). Hay que respaldarlo con un estado de resultados acumulado.
4. Declara sin movimiento si corresponde
Si no hubo compras ni ventas, igual presentas el F29. Marcas “sin movimiento” y envías. Demora dos minutos y evita una multa que va de 1 UTM a 1 UTA por retardo (artículo 97 N°2 del Código Tributario). Además, un F29 no presentado deja a la empresa como “no declarante” y bloquea el timbraje de documentos y varios trámites bancarios.
5. Paga en línea
Si hay impuesto a pagar, el sistema te lleva al pago con cargo a cuenta corriente, tarjeta o cupón. Guarda el certificado de declaración y el comprobante de pago. Si pagas después del plazo, el SII calcula reajuste, interés y multa en el momento.
Los errores que más vemos
Después de revisar cientos de F29 ajenos al tomar una contabilidad, estos son los errores que se repiten.
- Aceptar la propuesta sin mirar. La propuesta no sabe si una factura de compra es de un gasto rechazado, si el auto es de uso particular o si una venta tuvo nota de crédito posterior. Un crédito fiscal mal usado se paga con reajuste, interés y multa cuando el SII lo detecta, a veces dos años después.
- Dejar vencer el acuse de recibo. Factura recibida el 28, acuse el 10 del mes siguiente: el crédito se perdió para ese mes. Hay que revisar el RCV semanalmente, no el día 19.
- Olvidar el IVA proporcional. Si vendes afecto y exento (arriendos, ciertos servicios), el crédito de los gastos comunes se usa en proporción. Declarar el 100% es un error frecuente y fácil de fiscalizar.
- PPM con tasa equivocada. Empresas 14 D3 pagando 0,25% cuando les corresponde 0,125%, o 14 D8 pagando 0,125% cuando deben 0,2%. Al año son diferencias de cientos de miles de pesos.
- No declarar las retenciones de honorarios. La boleta de un profesional la retiene la empresa que paga. Si no la declaras en el código 151, el profesional pierde el crédito en su renta y el SII te la cobra igual.
- Rectificar sin orden. Cada rectificatoria queda registrada. Tres o cuatro al año en el mismo contribuyente llaman la atención. Mejor cerrar bien el mes.
Qué pasa si declaro fuera de plazo
Con impuesto a pagar: multa de 10% del impuesto, más 2% por cada mes o fracción de atraso, con tope de 30% (artículo 97 N°11). A eso se suma el reajuste por IPC y el interés penal, que desde 2025 se calcula en forma diaria sobre la tasa de interés corriente más 3,5 puntos (Ley 21.713).
Sin impuesto a pagar: multa de 1 UTM a 1 UTA.
Desde junio de 2026 rige una política de condonación nueva: si pagas dentro de los 3 primeros meses desde el giro, el SII condona 70% de la multa y 75% del interés adicional. De 4 a 12 meses, 50% y 55%. Pasados 24 meses, nada. La condonación se aplica automáticamente al pagar en sii.cl o tgr.cl si cumples los requisitos.
Qué hacer esta semana
- Confirma en Mi SII si tu plazo es el 12 o el 20.
- Entra al RCV y revisa las facturas de compra pendientes de acuse de recibo.
- Verifica la tasa de PPM de tu régimen y compárala con la de tu último F29.
- Si tienes meses sin presentar, declara los “sin movimiento” hoy y cotiza la condonación de los que tienen impuesto.
- Agenda un recordatorio interno el día 15 para revisar la propuesta con calma.
Si quieres que el F29 lo arme y revise un contador cada mes, con el RCV conciliado y el PPM correcto, mira nuestro servicio de contabilidad mensual o escríbenos y te decimos qué necesitas.
Lo que citamos
Preguntas frecuentes
¿Hasta qué día puedo declarar el F29?
Hasta el 12 del mes siguiente. Si eres facturador electrónico y declaras por internet, hasta el 20. Si la fecha cae en fin de semana o feriado, pasa al día hábil siguiente.
¿Tengo que declarar el F29 si no tuve ventas ni compras?
Sí. Mientras tengas inicio de actividades afecto a IVA, debes presentar el F29 todos los meses, aunque sea sin movimiento. No hacerlo genera multa y bloquea trámites.
¿Puedo confiar en la propuesta de F29 del SII?
Es un buen punto de partida, pero solo refleja los documentos electrónicos que el SII tiene registrados. No incluye boletas no informadas, IVA proporcional, retenciones por cambio de sujeto ni ajustes de PPM. Hay que revisarla.
¿Qué pasa si me equivoqué en un F29 ya enviado?
Puedes rectificar en línea. Si la rectificatoria aumenta el impuesto, se paga la diferencia con reajuste e interés. Si lo disminuye, el SII revisa antes de devolver o imputar.
